"En
la ciudad de Panamá, de el Reyno de Tierra Firme, resida otra nuestra Audiencia y
Chancillería Real, con un Presidente, Governador y Capitán General; quatro Oidores, que
también sean Alcaldes de Gran Chanciller; y los demás Ministros y Oficiales necesarios;
y que tenga por distrito la Provincia de Castilla de Oro, hasta Portobelo y su tierra; la
ciudad de Natá y su tierra; la Governación de Veragua..."
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Mediante Real Cédula de 26 de febrero de 1538, el Emperador CARLOS V dispuso la creación de una Audiencia en Panamá, la cual vino a ser la tercera del continente. La misma incluía las provincias de Tierra Firme (Castilla de Oro y Veraguas), todos los territorios que comprenden desde el Estrecho de Magallanes hasta el Golfo de Fonseca (las provincias del Río de la Plata, Chile, Perú, la gobernación de Cartagena y Nicaragua).
La instalación de la Real Audiencia en la ciudad de Panamá tuvo lugar a principios de 1539, cuando lograron arribar los Oidores FRANCISCO DE ROBLES, LORENZO PEREZ DE LA SERNA, PEDRO DE VILLALOBOS y el Licenciado ALONSO DE MONTENEGRO.
FRANCISCO PEREZ DE ROBLES, en su condición de Presidente de la Audiencia, reemplazó al Gobernador PEDRO VÁSQUEZ DE ACUÑA en el gobierno colonial. Su administración duró hasta 1543, cuando se creó la Audiencia de los Confines (Guatemala) y se ordenó la extinción de la de Panamá.
Durante el mandato de la Audiencia de Panamá, se realizaron diversas expediciones a fin de explorar nuevos territorios. Sin embargo, la administración de ROBLES fue desastrosa y corrupta para la colonia, lo que provocó su juzgamiento y destitución.
El Licenciado PEDRO RAMIREZ DE QUIÑONES, quien fungió como Juez Residenciario en el proceso contra FRANCISCO PEREZ DE ROBLES, asumió el mando del Istmo con el título de Corregidor de Panamá y Nombre de Dios. Su autoridad quedó supeditada a la autoridad de la Audiencia de los Confines.
En 1563 la Corona expidió una Real Cédula en donde se ordenaba extinguir la Audiencia de Guatemala y trasladándola a Panamá. Para tal fin, se dispuso que el Licenciado LOPE GARCIA DE CASTRO tomara las medidas del caso.
La Real Audiencia pudo finalmente reinstalarse en Panamá el 15 de mayo de 1565, para lo cual se nombró como Presidente Provisional de la misma al Doctor MANUEL BARRIOS DE SAN MILLAN, hasta la llegada del titular, Licenciado ALONSO ARIAS DE MALDONADO.
La jurisdicción de la Real Audiencia de Panamá, comprendía desde el puerto de Buenaventura (Colombia) hasta el Golfo de Fonseca (Nicaragua).
La Audiencia de Panamá fue nuevamente suprimida en 1718 por causa de la mala conducta de sus miembros, quedando el Istmo bajo la autoridad del Virrey y la Audiencia del Perú. Como quiera que esta medida causó una situación de desgobierno, mediante Real Cédula de 21 de julio de 1722, ésta corporación fue restablecida.
Finalmente, por razones de economía en los gastos gubernamentales en Tierra Firme (Panamá), mediante Cédula de 20 de junio de 1751, la Corona ordenó la extinción definitiva de la Real Audiencia de Panamá, estableciéndose un gobierno militar que dependía del Virreinato de la Nueva Granada (Colombia) y de la Real Audiencia de Santafé de Bogotá. Para tales efectos, se creó en Panamá la Comandancia General de Tierra Firme.
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